Trastorno de Estrés Postraumático (TEPT)
Diversas fuentes han reportado que el Trastorno de Estrés Postraumático entre los oficiales correccionales es dos veces mayor a la cifra encontrada entre los veteranos militares y oficiales policiacos.
La crónica y severa falta de personal causa horas de trabajo excesivas y más riesgo de violencia tanto para oficiales correccionales como para presos y es quizás el mayor contribuidor a los estresores de trabajo correccional. Sin embargo, los oficiales a menudo no reciben capacitación apropiada, apoyo y manejo del estrés antes y durante el empleo.
En 2011, en un artículo llamado “Oficiales Correccionales Asesinados o Lesionados en el Trabajo”, el Instituto Nacional de Salud reportó que ellos tienen una de las más altas cifras de lesiones dentro del área de trabajo en los Estados Unidos. La cifra de lesiones y muertes ocurridas en el área de trabajo es cuatro veces más alta que las experimentadas en el área general de trabajo de los Estados Unidos. El problema ha empeorado desde entonces y seguramente empeorara en el futuro ya que las corporaciones de prisiones privadas anteponen las ganancias a la seguridad.
En conjunto, las condiciones de empleo de la guardia correccional, crean un estado de híper-vigilancia a la amenaza de violencia y sus consecuencias. Los resultados son altas cifras de problemas de enfermedades mentales incluyendo TEPT. Entre los síntomas del Trastorno de Estrés Postraumático (TEPT) se encuentran; revivir eventos traumáticos, pesadillas, automedicación con drogas y/o alcohol, embotamiento afectivo, y tendencia a aislarse tanto uno mismo como de los problemas con control de la ira.
Los oficiales correccionales sufren también de cifras altas de suicidio siendo esto una amenaza muy real y predecible para los oficiales correccionales y sus familias.
Los Centros Penitenciarios de Nuevo México se Quedan Cortos en las Normas de Personal
Los medios de comunicación locales de Albuquerque KQRE sacaron una nota en marzo, 2017 llamada “Costosa Crisis Detrás de las Celdas” en la cual se mencionó que hay muchos problemas en los centros penitenciarios del Estado de Nuevo México. La Asociación Americana de Correcciones (ACA) señala que ningún centro debería tener un índice de vacantes que exceda el 10% durante un periodo de dieciocho meses. Dos de las prisiones de Nuevo México incluso sobrepasan esa medida con un número de centros con un índice de vacantes arriba de un tercio.
En 2015, según las fuentes, 34% de los puestos en el centro de Las Lunas quedaron sin cubrir. En el Western Facility de Grants más de la mitad de los puestos no se cubrieron mientras que en Springer Facility en el noroeste del estado un sorprendente 70% de las vacantes permanecieron vacantes.
Entre 2012 y 2016, centros correccionales privados pagaron casi seis millones de dólares en multas por falta de personal.
El hecho de que los centros penitenciarios de Nuevo México estén tan deplorablemente carentes de personal contribuye a una gran variedad de problemas para aquellos que trabajan en nuestras prisiones y cárceles. Trabajar en condiciones que pueden ser tan extremadamente peligrosas y en donde las consecuencias de la violencia son habituales repercuten en el personal de la correccional. Las consecuencias pueden ser prolongadas, atroces y algunas veces catastróficas.
En mayo, 2017 un artículo titulado “Vida Tras las Rejas: Trabajar como Oficial Correccional” se publicó en el New México News Port. El artículo entrevistó oficiales trabajando en el Estado de Nuevo México. Los oficiales entrevistados destacaron que el trabajo cobró un alto precio en las vidas del personal, específicamente cifras de divorcio y suicidio- mencionando que las ultimas fueron 39% más altas que en cualquier otra profesión.
Los oficiales frecuentemente trabajan 70-80 horas a la semana y sienten que no tienen vidas fuera del trabajo. Actualmente la tasa de deserción de oficiales correccionales se encuentra en 8%, la más alta en los registros de la historia de Nuevo México.
Guardias Correccionales Podrían Interponer Demandas en Contra de Prisiones y Cárceles por Lesiones Personales de TEPT.
La ley no está bien desarrollada en relación a demandas judiciales de lesiones personales relacionadas a TEPT sufridas por guardias correccionales. La regla general es que, si las lesiones sucedieron en el trabajo, el empleado lesionado tiene limitado los beneficios bajo el Workers Compensation Act. Esto significa que típicamente, un oficial correccional no sería capaz de meter una demanda legal por lesiones personales, en lugar estaría limitado a Compensación de Trabajadores. De cualquier modo, en base a leyes anteriores en un entorno no penitenciario, podría haber demandas personales dependiendo de las circunstancias del empleo y el ambiente dentro de la prisión o cárcel.
El caso que más aplicaría es el caso de Delgado v. Phelps Dodge en la Suprema Corte de Nuevo México en 2001. Los hechos en ese caso son extremos, pero no hubo señal de que el fallo estaría limitado a la conducta extremadamente cruel y peligrosa del empleador en ese caso. Delgado estableció los requisitos para una demanda por lesión personal contra un empleador por una lesión en el trabajo como sigue:
“La voluntad hace la lesión de un trabajador no-accidental, y por tanto fuera del ámbito del Acto, cuando: (1) el trabajador o empleador se involucra en un acto intencional u omisión, sin causa justa o excusa, que es bastante probable resulte en una lesión en el trabajador; (2) el trabajador o empleador espera que el acto intencional u omisión resulte en una lesión, o ha hecho caso omiso de las consecuencias; and (3) el acto intencional u omisión de modo directo causa la lesión.”
Siendo claros, para el empleado es un estándar muy alto de alcanzar, pero las condiciones de trabajo en las cárceles y prisiones de Nuevo México alcanzan ese estándar muy bien. Por otro lado, si este estándar se puede alcanzar, se podrían hacer las cárceles y prisiones más seguras tanto para guardias correccionales como para presos. Después de todo como ellos dicen, “el dinero habla…”
Plazos Importantes para Demandas de TEPT contra Cárceles y Prisiones
Existen dos opciones de plazos dependiendo si la cárcel o la prisión es manejada por el estado, condado o municipio, o es manejada por compañías de penitenciarías privadas.
Para cárceles y prisiones manejadas por el gobierno, hay dos plazos muy importantes:
1. Ley Federal de Reclamaciones por Daños Extra Contractuales: Existe un plazo de 90 días para entablar un reclamo por daños extra contractuales a la agencia gubernamental apropiada. Tanto instrucciones DIY de la Ley Federal de Reclamaciones por Daños Extra Contractuales como formas necesarias pueden encontrarse en el servicio web de Servicios Generales de Nuevo México.
2. Estatuto de Limitaciones: El estatuto de limitaciones es de solo dos años en demandas interpuestas en contra de una entidad gubernamental de Nuevo México.
Dejar pasar cualquiera de estas fechas bloquearía completamente sus demandas.
Para compañías correccionales privadas, existe simplemente un estatuto de limitaciones de tres años.